Por Máximo Calzado Reyes
En la República Dominicana, los partidos políticos trascienden la simple asociación de voluntades para convertirse en pilares fundamentales del sistema democrático. Desde la cúspide del ordenamiento jurídico, el artículo 216 de la Constitución consagra la libertad de organización política, pero sujeta este derecho a un mandato de hierro: su conformación y funcionamiento deben sustentarse obligatoriamente en el respeto a la democracia interna y a la transparencia.
El constituyente del 2010 diseñó estos movimientos como entidades de interés público, no como clubes privados. Sus fines esenciales van más allá de la mera conquista del poder; tienen el deber supremo de garantizar la participación ciudadana, contribuir a la formación de la voluntad cívica y servir al bienestar colectivo y al desarrollo integral de la sociedad.
El mandato constitucional no podía quedar en una mera declaración de intenciones. Para materializar estos preceptos, el sistema se ha dotado de un cuerpo normativo robusto. La Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos establece las reglas del juego democrático interno. Esta legislación exige que las organizaciones políticas adopten prácticas democráticas reales al momento de elegir a sus autoridades y candidatos, combatiendo el dedismo y fortaleciendo la institucionalidad.
Para asegurar el cumplimiento de estas normativas y evitar las distorsiones que históricamente han afectado la confianza pública, el Estado dominicano ha delegado la supervisión en órganos rectores: Junta Central Electoral y Cámara de Cuentas.
El diseño institucional es, sin duda, avanzado. Sin embargo, la realidad política nacional a menudo choca con la utopía jurídica. Durante décadas, la sociedad dominicana ha exigido a los partidos políticos una mayor calidad en su ejercicio. El respeto a la democracia interna suele quedar relegado a formalismos legales, y la transparencia en el financiamiento de las campañas electorales sigue siendo un tema de debate público permanente, donde el fantasma de los recursos ilícitos siempre representa una amenaza para la soberanía popular.
La historia política del país demuestra que los partidos se han consolidado como el vehículo exclusivo para acceder a los cargos de elección popular. Por ello, su rol es vital y su fracaso o éxito impacta directamente la calidad de vida de la ciudadanía. Cuando un partido se aleja de los fines esenciales del artículo 216, no solo incumple una disposición legal, sino que fractura el contrato social con los electores, debilitando la confianza en el sistema democrático en su conjunto.
Los partidos políticos en la República Dominicana tienen ante sí una oportunidad histórica y una exigencia ineludible. El uso de las leyes 33-18, 20-23 y 18-24, no debe ser visto como un simple trámite burocrático para certificar candidaturas, sino como un mecanismo de legitimación ética.
En resumen, el verdadero desafío político e institucional radica en lograr que los partidos se conviertan, en la práctica, en escuelas de formación cívica, garantes de la igualdad de oportunidades y defensores del interés nacional. La democracia dominicana será tan fuerte, transparente y justa como lo sean sus organizaciones políticas. El cumplimiento de las leyes electorales y la fiscalización constante de la Junta Central Electoral y la Cámara de Cuentas son herramientas esenciales, pero la voluntad política real debe nacer desde adentro, desde el liderazgo hasta la base, para transformar el discurso constitucional en una realidad palpable para cada ciudadano.
La democracia dominicana encuentra en sus partidos políticos su vehículo constitucional más importante y su mayor reto cívico. La Constitución y las leyes establecen un marco estricto que exige transparencia, ética y democracia interna para garantizar que estas organizaciones sirvan al interés nacional y no a intereses particulares.







