sábado, julio 27, 2024

La ley manda a Abinader a inscribir su precandidatura ya

Por Osvaldo Santana

Es la ley de partidos 33-18, que obliga al presidente Luis Abinader a inscribir su precandidatura presidencial antes de que venza el plazo, que es de cuarenta y cinco días antes de la fecha de celebración de las primarias en el Partido Revolucionario Moderno (PRM), previstas para el primero de octubre de este año.

Y es así, porque el PRM decidió el pasado 26 de marzo de este año, que la elección de su candidato presidencial se hará mediante la celebración de unas primarias cerradas, es decir, con la sola participación de los miembros de ese partido registrados en su padrón de electores.

Pero, además, esa agrupación acordó que solo el candidato presidencial sería escogido mediante ese método, y el resto de los candidatos será seleccionado mediante cualquier otro procedimiento previsto en la misma ley de partidos, es decir, mediante encuestas, asambleas directas o de representación.

El 26 de marzo el presidente del PRM José Ignacio Paliza comunicó en Twitter:” En reunión de la Dirección Ejecutiva, el @prm_oficial decidió elegir su candidato presidencial mediante primarias cerradas, y los demás niveles de elección, bajo los diferentes métodos permitidos por la ley. ¡Somos democracia, somos PRM!". Posteriormente, Eddy Olivares, vicepresidente en funciones del PRM comunicó que las primarias serían realizadas el domingo 1ro. de octubre, igual que en el 2019. “El Partido Revolucionario Moderno utilizará la modalidad de primarias cerradas para seleccionar su candidato o candidata presidencial. Ningún otro mecanismo de elección de candidatos garantiza como las primarias la democracia interna de los partidos”.

Registro de precandidaturas en la Junta Central Electoral (JCE).

La fecha límite que obliga a la inscripción de las candidaturas está determinada por el Artículo 50 de la ley partidos, que señala:

 “A más tardar cuarenta y cinco días antes de la fecha fijada para la celebración de las primarias de elección de candidatas y candidatos a cargos de elección popular decididas por cada partido político, éste entregará a la Junta Central Electoral, por escrito, en papel membretado y con sello de la organización política, la lista completa de los precandidatos que participarán en dichas primarias, la cual contendrá: 1) Nombres, apellidos y apodos si los tuvieren. 2) Cédula de identidad y electoral. 3) Posición o cargo de elección popular al que aspiran. 4) Dirección de su domicilio y residencia. 5) Fotografía digital de todas las y los precandidatos. 6) Teléfonos y dirección electrónica. 

Párrafo.- Es optativo de la alta dirección o instancia competente de los partidos políticos decidir sobre la aplicación o no de cuotas o aportes económicos a los aspirantes a candidaturas a cargos de elección popular, para tener derecho a la inscripción de precandidaturas, de conformidad con lo que establezcan sus reglamentos

En el parrafo II de ese artículo 50, se establece que “si los partidos políticos deciden escoger sus candidatos y candidatas a cargo de elección popular mediante la modalidad de primarias lo harán a más tardar el primer domingo del mes de octubre del año preelectoral y para las demás modalidades lo harán a más tardar el último domingo del mismo mes del año preelectoral”.

Es decir, que la inscripción de las precandidaturas ante la JCE con 45 días de antelación a la celebración de las primarias es un mandato de la ley, y todos los aspirantes deben llenar ese rigor, y obviamente, el presidente Abinader no es excepción, en consecuencia, debe ser inscripto antes del 17 de este mes de agosto. 

De modo que la ley tiene implícita la concatenación de esos eventos cuando se decide la forma de elección de los precandidatos, y al decidir hacerlo mediante primarias, abiertas o cerradas, así mismo quedan determinados los plazos de registro de las precandidaturas. 

Es notoria la diferencia de fecha prevista en el mismo párrafo II del artículo 50, sobre el mecanismo de selección de candidatos, pues señala que “para las demás modalidades (de elección diferentes a las primarias) lo harán a más tardar el último domingo del mismo mes del año preelectoral”.

¿Cómo lo hará Abinader?

Ante la expectativa que el presidente Abinader ha generado sobre su repostulación, lo que debe preguntarse es cómo hará hacer trascendente un momento clave: su inscripción como precandidato, en un PRM en el que se da como un hecho su selección, al margen de que estén anunciados otros precandidatos.

En varios momentos Abinader ha dicho que evalúa lo que todo el mundo sabe que hará, y es tratar de continuar en el poder. Sin embargo, no parece que haya sido evaluado nítidamente que debe llenar el rigor previsto en la ley, sobre todo ahora, cuando es presidente de la República, y no un simple aspirante, como en 2019.

Como el PRM optó por las primarias cerradas, entonces debe inscribir su precandidatura y competir, y la inscripción en sí misma implica un lanzamiento que tendrá que ser evaluado. Si un simple mensajero hace el registro como manda la norma, o la ocasión se convierte en un espectáculo político interno, que vendría a ser a fin de cuentas su lanzamiento como aspirante presidencial, en este caso, para la reelección.

Habrá que ver cómo lo decidirá junto a su equipo, qué piensan los estrategas de la campaña interna, o quienes llevan a cuesta la campaña para la reelección, que se supone ya tiene un esquema previsto. De hecho, ya varios movimientos están lanzados, con campañas publicitarias a todo dar, en calles, carreteras y avenidas, lo mismo que recorridos por el país.

Osvaldo Santana
Osvaldo Santana
Osvaldo Santana es periodista.

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