Por Nelson Cuevas Medina
En el Congreso Nacional, los legisladores han aprobado una innumerable cantidad de leyes, algunas de las cuales han sido modificadas a lo largo del tiempo. Muchas de estas leyes han sido introducidas ante el Tribunal Constitucional por considerarse inconstitucionales y contrarias a los derechos fundamentales.
A pesar de estos esfuerzos, persiste una notable incapacidad y/o falta de voluntad política para reformar dos pilares fundamentales del ordenamiento jurídico: el Código Civil y el Código Penal, ambos obsoletos, heredados de legislaciones francesas y vigentes desde mediados del siglo antepasado. Esta situación refleja la falta de un compromiso real con la actualización y modernización del marco legal, que continúa siendo un reflejo de un pasado lejano, incompatible con las necesidades del presente.
La República Dominicana enfrenta el desafío de actualizar su Código Civil, una legislación fundamental para la vida jurídica del país que, aunque fue innovadora en su momento, ha quedado desfasada frente a las necesidades contemporáneas.
Este cuerpo normativo, vigente desde 1884 como adaptación del Código Civil Francés de 1804, ha experimentado modificaciones parciales a lo largo del tiempo, pero aún carece de una reforma integral que lo adecúe a los avances sociales, tecnológicos y económicos del siglo XXI.
Durante más de un siglo, el Código Civil ha sido el pilar de la vida jurídica dominicana. Sin embargo, las transformaciones históricas y sociales han generado la necesidad de adaptarlo para responder a las demandas de una sociedad moderna. Una reforma integral resulta indispensable para fortalecer la seguridad jurídica y garantizar la equidad en un contexto cada vez más globalizado.
A pesar de la promulgación de leyes importantes, como la Ley 107-13 sobre Procedimiento Administrativo y el Código Procesal Penal de 2002, el Código Civil ha permanecido rezagado, reflejando una estructura normativa que no responde a las necesidades actuales. Desde 1997, un grupo de juristas, encabezado por Rafael Luciano Pichardo, impulsó un anteproyecto de reforma integral que fue sometido al Congreso Nacional en el año 2000 por el entonces presidente Leonel Fernández.
Este proyecto tenía como objetivo modernizar áreas fundamentales del derecho civil, incluyendo el derecho de familia, los contratos y la propiedad. Sin embargo, los intereses políticos y la falta de prioridad legislativa han frustrado su aprobación, perpetuando un marco legal fragmentado y obsoleto.
Al respecto, nos permitimos dejar a su interpretación la siguiente pregunta. ¿A qué se debe esta actitud indiferente de los legisladores y la clase política frente a una reforma tan determinante para el desarrollo del país?
Varios países en América, entre ellos, Argentina, Colombia, Brasil, entre otros, se destacan por haber hecho reformas integrales a sus códigos civiles y han modernizado profundamente sus enfoques hacia los derechos civiles y comerciales, adaptándolos a la realidad contemporánea.
Aunque he de destacar que Colombia, al igual que nuestro país, no tiene una reforma integral aprobada, ha propuesto y adoptado varias reformas significativas orientadas a modernizar el derecho privado, con énfasis en la constitucionalización de las normas y su armonización con estándares internacionales.
Francia, creadora del modelo napoleónico, ha reformado su propio Código Civil, mientras nuestro país mantiene una versión prácticamente intacta de esa antigua estructura. ¿Por qué la clase jurídica dominicana no ha logrado impulsar con éxito un cambio estructural en este pilar fundamental de nuestro ordenamiento legal?
Aunque Francia modificó su Código Civil de 1804 y sigue siendo conocido como Código Napoleónico, introdujo reformas como el derecho de familia, el derecho de los contratos y la responsabilidad civil, adaptando el Código a los avances sociales y económicos contemporáneos. No obstante, el Código Civil original de 1804 sigue siendo la base fundamental de la legislación civil francesa.
Una reforma integral del Código Civil dominicano debe abordar aspectos prioritarios que reflejen las dinámicas actuales de la sociedad y la economía. Entre estos se encuentran la incorporación de figuras jurídicas contemporáneas, como los contratos electrónicos y la protección de datos personales, así como la implementación de mecanismos alternativos de resolución de conflictos que promuevan soluciones rápidas y efectivas.
El proceso de reforma no solo enfrenta desafíos técnicos y políticos, sino que también abre la puerta a oportunidades significativas para modernizar el sistema jurídico dominicano. Desde el punto de vista técnico, resulta imprescindible un análisis exhaustivo que integre los precedentes judiciales, la doctrina y las mejores prácticas contemporáneas, asegurando que la nueva normativa sea coherente y aplicable en la realidad actual.
En el ámbito político, la clave radica en construir consensos entre los diversos actores sociales, económicos y legislativos, garantizando que el interés general prevalezca sobre los intereses particulares. ¿Están dispuestos estos sectores a priorizar una reforma que beneficie al país en su conjunto?
La reforma del Código Civil dominicano representa una oportunidad histórica para dotar al país de un marco normativo moderno, justo y alineado con las demandas del siglo XXI. Este proceso buscará fortalecer la seguridad jurídica, fomentar la equidad social y adaptarse a nuevas realidades, como la diversidad familiar, la protección de derechos fundamentales, el avance tecnológico y la sostenibilidad ambiental.
Sin embargo, el éxito de esta transformación dependerá de la capacidad de armonizar las tradiciones jurídicas con los avances legislativos contemporáneos, mediante un proceso inclusivo y orientado al desarrollo integral de la nación.