miércoles, junio 26, 2024

El referéndum revocatorio ¿estamos listos para su inclusión en la Carta Magna?

Por Gregorio Montero

Un desafío que pesa sobre las sociedades modernas es la búsqueda y puesta en marcha de instrumentos jurídicos y políticos que contribuyan al perfeccionamiento de la democracia. Está claro que el Estado debe preocuparse más por el involucramiento de la ciudadanía en los temas que atañen a una república, especialmente en los asuntos electorales. De lo contrario, asistiremos, sin duda, a la pérdida total del interés y de la confianza de la gente en sus instituciones y autoridades, especialmente en un contexto en que todo parece indicar que la banalidad y la desidia se imponen, amenazando incluso la convivencia cimentada en valores sociales que vienen siendo sustituidos por antivalores que se alimentan del facilismo, la vanidad, el egoísmo y la vulgaridad. 

Definitivamente, desde el Estado se debe dar el primer paso en procura de despertar el interés de las personas, que todavía son muchas, que emulan el espíritu duartiano y de todos los hombres y mujeres que en el devenir de la historia de nuestra patria nos han enseñado y demostrado que los problemas sociales, por ser comunes, no tienen soluciones individuales, aunque nos parezca extraño, es decir, la salida es y será siempre colectiva. 

Por tal motivo, estas personas, por distintas vías, ponen de manifiesto su interés, y motivan a otros, para participar y colaborar con la mejora de las instituciones públicas; por eso, ampliar los mecanismos formales de participación democrática es una apuesta a la civilización republicana, al control del ejercicio del poder político y a la legitimación de las autoridades.

En el contexto de lo anterior, y en el marco de las ciencias jurídicas y políticas, se han desarrollado tesis que contribuyen a abordar correctamente lo planteado, las cuales han permitido entender y adoptar mecanismos que viabilizan la participación directa de la ciudadanía en los asuntos propios de la conducción estatal, tales como iniciativa legislativa popular, consulta popular, referéndum, plebiscito, auditoria social, entre otros de mucha importancia. 

Es en este plano que surge el tema que orienta el presente trabajo, el referéndum, el cual, de manera general, puede estar dirigido a que la ciudadanía se pronuncie y manifieste su aprobación o desaprobación sobre ciertos temas de interés nacional, a que derogue o no alguna decisión ya tomada, o a que revoque o no el mandato de funcionarios y autoridades electas. A este último tópico está dedicada esta entrega.

En sentido general, la palabra referéndum constituye un latinismo que ha encajado perfectamente y se ha adoptado en el idioma español, hasta el punto que es más usada que la palabra referendo, como corresponde en nuestra lengua; conceptualmente, el referéndum o referendo está asociado a un procedimiento jurídico y político que permite la participación popular, en ocasión de decidir sobre aspectos de gran importancia para la conducción del Estado y la sociedad.

Las personas, mediante voto popular, deciden la cuestión que se somete, en sentido positivo o negativo. Este mecanismo, por tratarse de una figura central que se sustenta en el Estado democrático y de derecho, tiene un origen jurídico constitucional y hace parte de las garantías de los derechos fundamentales.

En concreto, el referéndum revocatorio es el mecanismo mediante el cual los ciudadanos pueden revocar o dejar sin efecto el mandato, antes de la llegada del término, de autoridades públicas que han sido elegidas para un periodo determinado; el origen de este instituto se ubica en la configuración democrática de la antigua ciudad griega de Atenas. 

En la actualidad se encuentra consagrado en el texto de numerosas constituciones políticas de países del mundo, incluidos de nuestra región, donde se destacan, sea con carácter nacional, federal, regional, provincial o municipal, Canadá, Estados Unidos, Argentina, México, Bolivia, Venezuela, Colombia, Ecuador, y muchos otros.

Se asume como un instrumento de control popular, que permite a los ciudadanos interrumpir el mandato de aquellas autoridades que, en el ejercicio de sus funciones, se han alejado de los motivos por los cuales fueron elegidos, han traicionado la confianza de los votantes y han incumplido sus responsabilidades. 

La revocación del mandato de autoridades públicas encuentra sustento en el Derecho Internacional, de forma específica en el artículo 21.3, el cual reza: “La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.” 

En la República Dominicana, el referéndum fue acogido constitucionalmente solo en su versión aprobatoria, junto a otros mecanismos directos de participación democrática, según queda consignado en los artículos 22, 203, 208, 209, 210 y 272 de la Carta Magna; como se puede observar, la norma fundamental rechaza el referendo revocatorio, al establecer en su artículo 272 que este no podrá tratar sobre aprobación ni revocación de mandato de ninguna autoridad electa o designada. Esto resulta inexplicable en el marco del enfoque de garantías jurídicas y políticas que caracteriza la Constitución vigente, sobre todo, que sabemos que el tema salió a relucir en el marco de las discusiones de la comisión de juristas que fue encargada de presentar la propuesta de reforma en 2010, así como en determinados espacios sociales; no obstante, al tema se le dio de lado.

Somos de opinión que el referéndum revocatorio en nuestro país tiene su fundamento jurídico y justificación política y democrática en el artículo 2 constitucional, el cual dispone: “Soberanía popular. La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, de quien emanan todos los poderes, los cuales ejerce por medio de sus representantes o en forma directa, en los términos que establecen esta Constitución y las leyes.” ¿Qué fuerza de argumentativa habrá impedido que hasta la fecha el tema haya sido objeto de un debate franco, que lleve al reconocimiento constitucional de esta herramienta democrática, especialmente en una sociedad en que la ciudadanía clama por ser tomada en cuenta en las decisiones importantes, lo que contribuiría a evitar que las autoridades públicas sigan eludiendo sus deberes y responsabilidades? 

No podemos pretender tapar el sol con un dedo, la gente muestra signos preocupantes de dejadez por la participación electoral, ampliar el espectro para la efectiva participación directa en la democracia podría constituir un aliciente. 

Hay quienes argumentan, en otros países y en el nuestro también, que el referéndum revocatorio podría presentar riesgos asociados a su uso irresponsable por parte de los partidos políticos de oposición, o que la sociedad no está preparada para ello; nada de eso no está claramente demostrado; lo que sí está ampliamente demostrado es que constituye un arma ciudadana para controlar a los gobernantes, quienes, por temor a que su mandato sea revocado, se ven obligados a actuar conforme a las normas y a tomar decisiones apegados al interés general. 

De hecho, contrario a lo que algunos piensan, en los países donde ha sido consagrado el referéndum revocatorio no se produce su activación de forma recurrente, por cierto, en algunos no lo han activado nunca, lo que demuestra que este aporta, sin duda, al ejercicio disciplinado del poder político y a la gobernabilidad. También, contribuye a la combinación de las fórmulas representativa y participativa en el ejercicio democrático, como lo imponen los tiempos que nos toca vivir.    

Los dominicanos, ahora que estamos frente al soplo de nuevos aires de reforma constitucional, deberíamos propiciar el debate honesto y decidido respecto de la inclusión de este mecanismo de perfeccionamiento de la democracia en la Carta Magna.

Por mi parte, pienso que estamos listos para hacerlo, pues existen los fundamentos jurídicos y políticos y, lo más importante, el imperativo social. Somos conscientes de que continúa siendo un reto la madurez política y el fortalecimiento institucional, pero, por el afianzamiento de la gobernabilidad democrática, cualquier esfuerzo vale la pena.  

Gregorio Montero
Gregorio Montero
Es viceministro de Reforma y Modernización de la Administración Pública, miembro de la Comisión de Reforma Educativa de la Policía Nacional, catedrático universitario, y ex Secretario General del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo.

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