viernes, marzo 29, 2024

El gobierno abierto analizado desde la participación ciudadana

Por Gregorio Montero

En la entrega anterior habíamos adelantado que en siguientes artículos abordaríamos por separado los pilares del Gobierno Abierto. En esta ocasión, nos referimos a la participación ciudadana, pilar de gran transcendencia, pues entre los tratadistas del tema hay acuerdo en relación a que el éxito del Gobierno Abierto, visto desde el enfoque conceptual que ha sido asumido, está supeditado a la participación ciudadana autónoma, informada, colaborativa y responsable, generada sobre la base de la confianza mutua entre gobernantes y gobernados, condición sine qua non para articular el necesario nuevo contrato social. Recordemos que el enfoque del Gobierno Abierto se sustenta en la díada instituciones públicas y ciudadanía

Ahora bien, la participación ciudadana en la gestión pública, que es un derecho, un deber y un complemento, hay que analizarla desde la óptica de la evolución y las etapas por las que ha transitado el concepto de ciudadanía: ciudadanía civil, ciudadanía política y ciudadanía social, donde nos encontramos en la actualidad. La ciudadanía social implica, sin dudas, el derecho de las personas al bienestar social, a la seguridad económica y a estándares de vida conforme a la realidad imperante en la sociedad, entre otros derechos. Es preciso entender que la ciudadanía es un concepto jurídico concreto de gran amplitud, que comporta derechos humanos, derechos fundamentales y garantías institucionales y jurisdiccionales, así como deberes generales y específicos.  

El Gobierno Abierto se plantea y se desarrolla en un contexto de gobernabilidad democrática, por ello resulta de suma importancia el establecimiento de mecanismos (formales, informales, directos e indirectos), que viabilicen el relacionamiento funcional entre el gobierno y los ciudadanos y ciudadanas, como forma de contribuir a mejorar la eficiencia de las instituciones públicas; se debe tener siempre en cuenta el rol central que las personas tienen asignado y reconocido legalmente, considerando que éstas están cada vez más conscientes e informadas. 

Desde este enfoque, y con miras a la participación, se pueden identificar tres estadios de ciudadanía, la ciudadanía formal, que alude a la simple existencia de derechos y deberes a favor de las personas, consecuencia del Estado de Derecho; la ciudadanía  sustantiva, que se refiere a que las personas internalizan, hacen uso y cumplen dichos derechos y deberes; y ciudadanía activa, que se centra en que las personas, a partir del ejercicio de sus derechos fundamentales, se organizan y participan de forma sistematizada en el diseño, ejecución y seguimiento a las políticas públicas. 

La participación ciudadana, en tanto pilar del Gobierno Abierto, contribuye, por un lado, al fortalecimiento de la democracia, por otro lado, hace aportes determinantes para que las decisiones de los gobernantes sean más acertadas y legitimadas por los gobernados, quienes tienen la posibilidad de opinar sobre aquellas materias que afectan sus intereses, antes de que sean decididas. 

Por este motivo, el ordenamiento jurídico fundamental reconoce, en uno y otros países, mecanismos de participación directa en la democracia, tales como iniciativa legislativa, referéndum aprobatorio, referéndum revocatorio, plebiscito, consulta pública, entre otros. De los citados, la Constitución Dominicana, los prevé todos, con excepción del referéndum revocatorio, además de que configura, en sentido general, el derecho de participación ciudadana. 

En cuanto a la participación ciudadana en la gestión pública en específico, el enfoque de Gobierno Abierto está dirigido a que la ciudadanía aporte a la construcción social, a la co-construcción de las políticas públicas y a las soluciones a los problemas sociales y, en muchos casos, a la cogestión de estas.

La idea de la contribución en las decisiones púbicas está asociada, entre otros, al principio de interés general, que es uno de los que rigen la organización y el funcionamiento de la Administración Pública. 

En el ordenamiento jurídico también se estila, principalmente en el adjetivo, consignar mecanismos de participación ciudadana en la gestión pública, como forma de incorporar a los procesos de decisiones administrativas los conocimientos y experiencias que tienen los individuos, en su calidad de usuarios, respecto de los asuntos públicos, particularmente sobre la prestación de servicios públicos y manejo de trámites.

En este tenor, y con base en los preceptos constitucionales aplicables, y orientándose en el contenido de la Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana en la Gestión Pública,  del Centro Latinoamericana de Administración para el Desarrollo (CLAD), el Ministerio de Administración Pública (MAP), elaboró y sometió para la consideración de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, la propuesta de ley de participación Ciudadana en la Gestión Pública, con la que se pretende establecer las normas y mecanismos esenciales para garantizar el ejercicio de los derechos y deberes que implica la participación ciudadana en la Administración Pública, desde la perspectiva del Gobierno Abierto, y con fundamento en los principios de igualdad, autonomía, gratuidad, institucionalidad, corresponsabilidad, no discriminación, accesibilidad, inclusión, legalidad, solidaridad, transparencia y rendición de cuentas.

En el mismo sentido, la propuesta recoge, de manera concreta, los derechos y los deberes que deben ser observados en los procesos, así como los mecanismos de participación en la gestión pública, que reivindican el derecho de denuncia, el derecho de petición, la consulta ciudadana, los observatorios ciudadanos, los comités de control social, el presupuesto ciudadano, la auditoria social, la veeduría ciudadana, la rendición de cuentas, entre otros. 

De la misma forma, se propone que el Estado ponga a disposición de la ciudadanía las herramientas tecnológicas que sean necesarias para garantizar su participación efectiva, así como que desarrolle campañas de difusión y formación tendentes a promover el interés de la ciudadanía en los asuntos públicos y el uso de los mecanismos de participación.

Somos conscientes de que el éxito de la participación ciudadana en la gestión pública no depende exclusivamente de una regulación, sino del interés que seamos capaces de despertar por los asuntos públicos, pero también somos conscientes de que la regulación de los mecanismos de participación constituye un gran aporte a la formalización y facilitación de la misma, así como representa la manifestación del compromiso del Estado con el Gobierno Abierto. 

La convicción reinante es que la sabiduría popular es insustituible, cuando existe el interés genuino de mejorar la gestión de los servicios públicos y los trámites. La sabiduría popular debe ser parte de los procesos de innovación. 

¡Sin una ciudadanía activa y corresponsable no se concreta la estrategia del Gobierno Abierto!       

Gregorio Montero
Gregorio Montero
Es viceministro de Reforma y Modernización de la Administración Pública, miembro de la Comisión de Reforma Educativa de la Policía Nacional, catedrático universitario, y ex Secretario General del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo.

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