sábado, abril 20, 2024

Del artículo 210 a la ley de extinción de dominio

Aprobada ya por ambas cámaras legislativas y promulgada por el Poder Ejecutivo, ya es un hecho la ley de extinción de dominio, el gran victorioso ha sido el Departamento de Estado de Estados Unidos de América, quien la introdujo al país vía su Embajada.

Dicha ley lejos de tener como norte la expropiación del dinero de procedencia mal habida, es peor que eso, pues se trata de un instrumento político cuyo propósito es perseguir, agredir y vengarse de quienes en el patio asuman o hayan sido coherentes con un discurso independiente, nacionalista y antiimperialista.

Los gringos necesitan de hace rato un Congreso dócil que facilite la aprobación sin mayores contratiempos de ese instrumento, y lo han logrado sin la más mínima de las resistencias, ni siquiera los segmentos de izquierda se molestaron en rechazar las reiteradas declaraciones públicas de la embajada de Estados Unidos, felicitando la aprobación de esa pieza, al contrario, las fuerzas políticas del país hicieron causa común con los gringos, celebrando y brindando por el éxito rápido y masivo en ambas cámaras legislativas.

Dentro de unos meses van a despertar cuando el poder político decida ir por la cabeza de "la oposición" a expropiar bienes, desmoralizar y agredir. Lo mismo que imperó en el país (aunque con ropajes diferentes), desde 1844 hasta 1861 cuando fue anexada la República a España.

En la Constituyente de San Cristóbal, celebrada el 6 de noviembre de 1844, el general Pedro Santana logró que los legisladores le hicieran un traje a la medida aprobando el artículo 210 de la Constitución, instrumento que luego fue utilizado para enviar al exilio de por vida al Padre de la patria Juan Pablo Duarte y su familia, también aplicó ese artículo para fusilar a María Trinidad Sánchez, quien elaboró la Bandera Dominicana, también ese instrumento legal fue usado para pasar por el pelotón de fusilamiento a los hermanos Puello, también al héroe Antonio Duvergé y sus hijos, y, por último, amparado en ese poder del artículo 210 que otorgó la Asamblea Constituyente, Pedro Santana ordenó fusilar en San Juan de la Maguana al Padre de la Patria Francisco del Rosario Sánchez.

Que apueste mucho a poco que serán selectivos en su "persecución del delito", pero nunca se van a tocar, ni los bienes de sus correligionarios, ni las fortunas millonarias de los Trujillo y que quedaron en poder de unas 5 familias.

Al Poder Ejecutivo se le acaba de dar luz verde para actuar y lo hará. Recuerden que en la carrera de persecución de "la corrupción", solo han enjuiciado a sus adversarios políticos y para hacerlo no se necesitó de un instrumento político como el de la ley de extinción de dominio. Solo fue necesario vender la idea de que tenemos una justicia independiente, pues ahora cuenta con ambas cosas: La justicia independiente, una ley del Congreso que le da luz verde para actuar, el apoyo de la embajada de Estados Unidos de América, y los aplausos de una sociedad ingenua y alienada.

La oposición política ha amolado cuchillo para su garganta dado el poder de actuar que han depositado a quienes dirigen la Nación.

Santo Salvador Cuevas
Santo Salvador Cuevas
Quien escribe es militante social de larga data, egresado con honores de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) licenciado en Filosofía y Letras, con residencia en el municipio de Tamayo, al Sur del país.

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