Por Héctor Linares
Los ajustes económicos en los límites de la responsabilidad civil están tocando las puertas del seguro de automóviles, en cuyo segmento llamado seguro de ley se generan las cifras “legales” más desactualizadas en pagos por indemnizaciones, debido a que los pagos por daños a terceros se basan en límites que llevan más de dos décadas de establecidos.
Aunque la aproximación se refiere al seguro de vehículos en sus diferentes variedades o categorías, la actualización de sus valores podría alcanzar otras áreas del amplio alcance de la responsabilidad civil, puesto en debate y análisis a raíz del desplome de la discoteca Jet Set, que dejó una secuela de 236 muertos y decenas de heridos, con numerosas demandas civiles contra los propietarios y administradores del establecimiento colapsado.
La responsabilidad civil es un área inmensa porque abarca cualquier afectación a un tercero causada por un acto voluntario o no de una persona. La acera resbalosa frente a una casa que provoque la caída de un transeúnte puede dar lugar a una demanda, si el propietario de la vivienda, en labores de limpieza, fue que esparció el líquido que puso el suelo resbaladizo.
La Superintendencia de Seguros, como órgano fiscalizador y normativo del sector, acaba de emitir una resolución que actualiza los límites del seguro obligatorio de vehículos tras 21 años sin revisión de los parámetros utilizados para fijar indemnizaciones en caso de accidentes automovilísticos. Los accidentes de tránsito son los mayores causantes de demandas en responsabilidad civil.
Las coberturas mínimas serán aumentadas a partir del 1 de julio próximo en 200 y 500 por ciento. Se trata de la modificación de la resolución 010-2002 por parte de la Superintendencia de Seguros para modificar y actualizar los límites mínimos de responsabilidad civil y las primas del seguro obligatorio para vehículos de motor en la República Dominicana.
Esta actualización representa la primera revisión formal a los parámetros desde la Resolución 010-2002, vigente desde hace más de dos décadas, comentó el experto en Seguros, Miguel Villamán.
La nueva normativa aumenta significativamente
las coberturas mínimas, pasando del rango RD$100,000–400,000 a montos que alcanzan hasta RD$2,000,000 por siniestro, dependiendo del tipo de vehículo. También se ajustan las primas mínimas, incluyendo recargos diferenciados por potencia del motor y uso específico del vehículo, con el objetivo de reflejar de manera más realista los riesgos actuales del parque vehicular nacional.
Por ejemplo, los automóviles privados con motor de hasta 4 cilindros pasarán de cubrir RD$200,000 por siniestro a RD$1,000,000, con una prima mínima que sube de RD$1,175 a RD$2,750. Los autobuses públicos, que antes tenían una prima mínima de RD$4,052, ahora deberán pagar RD$17,078, acorde al nuevo límite de RD$2,000,000 en cobertura.
La resolución también introduce una estructura detallada de recargos, que varían según el cilindraje del vehículo, su uso público o comercial, y si transporta productos peligrosos, entre otros factores. Asimismo, se establecen tarifas adicionales para vehículos remolcados y cláusulas sancionadoras para aseguradoras que incumplan los límites establecidos.
De acuerdo con el consultor Villamán, con esta reforma la Superintendencia busca adecuar el seguro obligatorio a la realidad económica y social actual, garantizar mejores indemnizaciones para las víctimas de accidentes y promover una mayor solidez técnica en la cobertura de responsabilidad civil vehicular.
Universo de casos
En el mercado hay categorías varias de responsabilidad civil en el tránsito, no todas tipificadas en el seguro de ley, pero sí factibles de ser perseguidas en los tribunales.
Las embarcaciones y las naves aéreas, que tienen sus seguros categorizados, pueden también provocar daños a terceros y a propiedades que produzcan demandas civiles por reclamos de reparación de daños y perjuicios.
Un vehículo que cruce por un espacio limitado en tamaño y altura y cause daño a la propiedad pública o privada podría dar lugar a una demanda por daños y perjuicios en la persona del conductor o propietario.
Las motos que circulan por las calles rayando puertas y rompiendo retrovisores al rebasar por el lado prohibido, sus conductores son también pasibles de ser demandados en reparación de daños, pero en la práctica son ellos los que procuran indemnizaciones económicas.
Las motos suman más de 3.5 millones de unidades y representan más de la mitad del parque vehicular dominicano. Las motocicletas son responsables de la mayoría de los accidentes de tránsito en el país, que tiene la más alta tasa de siniestralidad en accidentes automovilísticos.
Seguro para patinetas y bicicletas eléctricas
En la medida hay extensiones de obligatoriedad en seguros, no solo para unidades vehiculares tradicionales. Abarca “otros vehículos”, entre los que cita carros fúnebres, ambulancias, automóviles eléctricos, bicicletas eléctricas, patinetas eléctricas, Buggy y cuatrimoto.
La resolución, firmada por el superintendente de Seguros, Julio César Valentín Jiminián, justifica los cambios en los parámetros mínimos de la cobertura de la responsabilidad civil en la necesidad de garantizar que existan suficientes disponibilidades de recursos financieros para cubrir los costos asociados a un accidente de tránsito.
Uno de los considerandos de la resolución expresa que se estima que con los montos establecidos como límites mínimos “de responsabilidad civil” en la medida dictada “habría cobertura para responder al 95 % de los reclamos originados por los siniestros que interesan”.