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martes, marzo 4, 2025

Programa de formación de funcionarios del alto gobierno: una acción impostergable

Por Gregorio Montero

El gobierno, que para los fines de este artículo lo analizamos desde su acepción restrictiva, como se estila en una democracia republicana, se asocia al sistema de instituciones públicas y sus autoridades, colocadas en la esfera del Poder Ejecutivo, que tienen bajo su responsabilidad la conducción del poder político y la labor administrativa del Estado; visto así, el gobierno se encarga, fundamentalmente, de hacer operativo el engranaje estatal. En un sistema político presidencialista, aunque con matices, el gobierno está integrado por el presidente de la República y los denominados altos cargos. A esta integración se le suele reconocer como el alto gobierno, procurando establecer diferencia con los cargos de los niveles medio y bajo de la Administración Pública.

Lo real es que el alto gobierno hace referencia a los organismos y cargos públicos del nivel superior que acompañan al presidente de la República en la compleja tarea de gobernar, gobernar bien, poniendo en marcha las políticas, proyectos y acciones comprometidas con la sociedad. Es decir, el programa de gobierno, con el que se busca mejorar las condiciones de vida de las personas. Quienes hacen parte del alto gobierno ocupan un alto cargo, en consecuencia, por algún motivo, gozan de la confianza del primer mandatario de la nación, por lo que tienen una gran responsabilidad frente a este y frente a la nación; sin duda, participan del exclusivo club de ciudadanos y ciudadanas que detentan el poder. 

Eso sí, en los tiempos que nos toca vivir no basta con ser autoridad política, esta potestad la otorga el solo hecho de resultar elegido o designado según manda el ordenamiento jurídico. Esa es la formalidad, el gran reto es poder cumplir de forma correcta el mandato que ha sido dado, y para ello se requiere de formación, conocimientos y experiencias que doten a los que ocupan los altos cargos de la capacidad para solucionar problemas que, en su ámbito de competencia, enfrenta el gobierno. En el mundo civilizado la autoridad real dimana de la capacidad para resolver problemas públicos, es decir, la autoridad formal no basta, debe combinarse con la idoneidad y la probidad. 

En la región, dados los probados niveles de ineficiencia que se ponen de manifiesto en los procesos administrativos, de los que se atribuye en parte responsabilidad a los altos funcionarios, crece la preocupación, en algunos casos la ocupación, de elevar en ellos las capacidades en materia de gestión pública. 

No debemos soslayar nunca la idea cierta de que la administración es una ciencia compleja, responde a principios, normas, teorías, preceptos, técnicas y métodos de trabajo, de carácter universal, que permiten llevar a cabo los procesos de planificación, dirección, gestión y control de las organizaciones, con el propósito de garantizar que los resultados que se obtengan se correspondan con los objetivos organizacionales y los recursos invertidos. Cuando se trata de la administración aplicada al ámbito público, es decir, de la Administración Pública, se eleva su nivel de complejidad, toda vez que, solo por señalar un aspecto diferenciador, el objetivo es atender los intereses generales de la sociedad, no intereses particulares, como ocurre en el sector privado. 

Los funcionarios del alto nivel político, además de los compromisos fijados en el programa de gobierno que viabilizó su acceso al poder, están comprometidos con estrategias internacionales con las que se procura atacar problemas globales que afectan el desarrollo de la humanidad. En este orden, cabe citar los 17 Objetivos para el Desarrollo Sostenible (ODS) y las metas establecidas en la Agenda 2030, que les acompañan; esta estrategia, que se centra, en sentido general, en temas de pobreza, igualdad, seguridad ciudadana, cambio climático, y otros, fue aprobada y es monitoreada y evaluada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), a partir de agendas y metas nacionales; no hay duda en que todo esto exige grandes capacidades a los integrantes del alto gobierno.   

Por lo anterior, en algunos países, actuando en consecuencia, han sido diseñados programas académicos dirigidos específicamente a los altos cargos, con los que se busca adentrarlos en el conocimiento teórico y práctico del complicado y exigente mundo de la gestión pública (a gestionar se aprende gestionando), en las técnicas para la detección, priorización y manejo de los problemas sociales, en la pertinencia de las transformaciones administrativas, en el significado de valor público y su vínculo con la eficiencia y los resultados.

También, se trata de inculcar a los altos cargos la necesidad de diferenciar el liderazgo político del liderazgo gerencial, ayudarles a desarrollar el enfoque o pensamiento estratégico y prospectivo, conocer el contenido y las consecuencias del régimen jurídico del Estado y la Administración Pública; además facilitarles entender el rol de las políticas públicas para el desarrollo humano integral y la importancia de la innovación en la gestión pública. ¿Se puede gestionar bien lo público sin tener claridad respecto de estas dimensiones?

En el caso de nuestro país, el alto gobierno está integrado, en principio, por el presidente y la vicepresidenta de la República y los ministros, esto, por aplicación del artículo 137 de la Constitución de la República, el cual, refiriéndose al Consejo de Ministros, establece que es el órgano de coordinación de los asuntos generales de gobierno, que tiene como finalidad organizar y agilizar el despacho de los aspectos de la Administración Pública en beneficio de los intereses generales de la Nación y al servicio de la ciudadanía, y estará integrado por el Presidente de la República, quien lo presidirá, el vicepresidente de la República y los ministros.

A lo anterior, el artículo 20 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, No. 247-21, agrega y puntualiza que el Consejo de Ministros es el máximo órgano de coordinación estratégica de las políticas públicas y de los asuntos generales de la acción de gobierno, cuya misión central es asesorar y apoyar al presidente de la República mediante el análisis de las políticas públicas, planes, programas, presupuestos, normas y acciones que son competencias del Poder Ejecutivo. La misma Ley permite que el presidente de la República pueda invitar a otras autoridades, funcionarios y personas a las reuniones del Consejo de Ministros, cuando entienda que la naturaleza de la materia o su importancia así lo requieran.

Es importante consignar que la Ley de Función Pública, No. 41-08, extiende en su artículo 20 la concepción de alto cargo a otras posiciones, como la del Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, el Contralor General de la República,  el Procurador General de la República, viceministros, titulares de organismos autónomos y descentralizados y otros de jerarquía similar o cercana del presidente de la República y de los altos ejecutivos de las instituciones públicas, directores nacionales y generales y subdirectores, administradores, subadministradores, jefes y subjefes, gerentes y subgerentes, y otros de naturaleza y jerarquía similares, gobernadores civiles y otros representantes del Poder Ejecutivo en el Distrito Nacional y en las provincias.

De todas formas, lo ideal, y es la apuesta, es que, en nuestro país, a través del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), funcionando además como una escuela de gobierno, se diseñen y ejecuten programas de formación para quienes ocupan los altos cargos.  El contenido de estos programas debe abordar temáticas referidas a Estado y Administración Pública, derechos fundamentales y garantías, Derecho Público, responsabilidades en la Administración Pública, planeación y dirección estratégicas, políticas públicas inclusivas, gestión financiera en el sector público, gestión de crisis, estrategias de gobierno digital e inteligencia artificial, buen gobierno, gobierno abierto, entre otras.   

En el Estado, la autoridad formal es necesaria, pero el conocimiento y la capacidad para gestionar bien lo público es lo determinante. Solo esto la hace legítima.

Gregorio Montero
Gregorio Montero
Exviceministro de Reforma y Modernización del Ministerio de Administración Pública, exsecretario general del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo y catedrático universitario.

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