Por Héctor Linares
La temporada de revisiones está a la vista en el mercado laboral dominicano, donde 25 niveles y tarifas de salarios mínimos hacen de la jornada un complejo y en ocasiones tedioso proceso que termina con concesiones e inconformidades de las partes: los patronos y los representantes de los trabajadores.
Para esta ocasión, la zafra de revisiones inicia con un deseo expreso del presidente de la República, Luis Abinader, de que se apruebe en el seno del Comité Nacional de Salarios un aumento de 20 % en el salario mínimo del sector privado no sectorizado, que es el que aplica para la industria, el comercio, la agricultura y los servicios, excepto las zonas francas y el turismo. Esa petición y el antecedente de un aumento del 19 % en la revisión de hace dos años pone un punto de presión parra la nueva jornada.
Tradicionalmente después de las negociaciones del salario mínimo en el sector no sectorizado, se producen, en el mismo Comité Nacional de Salarios, las revisiones para los segmentos sectorizados, como la construcción, las zonas francas, el turismo y tarifas para actividades especiales.
La complejidad del proceso se produce porque en algunas áreas o actividades económicas tienen tarifa diferenciadas para quienes se desempeñan en ella, como es el caso de la construcción, donde hay que fijar niveles mínimos para varilleros, electricistas, plomeros, operadores de máquinas pesadas.
El Código Laboral establece una revisión del salario mínimo del sector privado cada dos años, con posibilidad de hacerla antes si alguna situación económica de contingencia, extraordinaria, lo amerita, como una alta inflación.
La última revisión al salario mínimo no sectorizado se hizo en marzo del 2023 y fue de un 19 % general para las seis categorías de salarios mínimos que hay en ese sector. La proporción de alza salarial fue dividida en dos, un 15 % a ser aplicado en marzo del 2023 y un 4 % en febrero del 2024.
Al final del período de aplicación del aumento, los salarios mínimos no sectorizados quedarían en RD$25,116 para las empresas grandes, RD$21,003 para las medianas, RD$15,428 para las pequeñas y RD$14,232 para las micro. La clasificación se hace en base a los niveles de ventas de las empresas. Antes, y fue motivo de mucha controversia por parque de las micro y pequeñas empresas, se hacía la categorización en base al valor de los activos.
El CNS solo tiene facultad para regular el salario mínimo. Los empresarios afirman, sin embargo, que cada vez que se aumenta el nivel mínimo opera un mecanismo automático de ajuste en los próximos niveles, por un tema de separación de funciones y hasta de capacidad y desempeño del empleado.
En la reunión de marzo del 2023 del Comité Nacional de Salarios, un órgano tripartido que depende del Ministerio de Trabajo e integran empleadores, empleados vía las centrales sindicales y el Gobierno a través del director del CNS, por representación propia y del ministro de Trabajo, también se aprobó un pago mínimo de RD$500 diarios para las jornadas agrícolas de un máximo de 10 horas.
Asimismo, se aprobó para las empresas de seguridad privada el pago de un salario mínimo de RD$20,631.
Todos esos niveles serán revisados en la jornada prevista para comenzar el martes 5 de febrero, con el referente de que el presidente de la República sugiere un incremento del 20 %. Como el Pesidente no tiene facultad para disponer alzas salariales en el sector privado, su idea deberá ser negociada en el seno del CNS, cuyo periodo de discusiones inicia con temas laborales y salariales pendientes, como es el reclamo del sector empresarial de una nueva legislación laboral.
También está pendiente la reanudación de la aplicación del ajuste por inflación, o indexación, para fines de calcular la exención contributiva del Impuesto sobre la Renta en los salarios de los empleados.
Esa medida, que actúa como un efectivo o real de aumento salarial para los empleados que están en los niveles de sueldos medios, porque les restablece el poder adquisitivo que la inflación del período anterior al ajuste, le restó. Ese beneficio, previsto en el Código Tributario, no se aplica desde el año 2017, para cuando en enero se fijó el salario exento en RD$34,685, que equivalía un ingreso anual liberado de pagar el Impuesto Sobre la renta de RD$411,220. El beneficio es para todos los contribuyentes personas físicas, porque ese monto es la frontera para comenzar a pagar el ISR.
Según cálculos del Centro Regional de Estrategias Económicas Sostenibles (CREES), que dirige el economista Miguel Collado, de no haber sido suspendida la aplicación del ajuste salarial, ya el salario o ingreso exento estaría en RD$50,098. Partiendo de ese cálculo la exención contributiva anual sería de RD$601,176.
Cada año, a partir del 2017, el Poder Ejecutivo pide en los correspondientes proyectos de presupuesto general del Estado una dispensa al Congreso Nacional para dejar de aplicar el ajuste por inflación, como parte de una serie de medidas en procura de aumentar sus recaudaciones fiscales. La primera vez que se suspendió la aplicación del ajuste por inflación para el caso de la exención contributiva del ISR fue en el 2013, cuando entró en vigor la Ley 253-12, de Reforma Fiscal. La pausa fue mantenida hasta el 2016. En el 2017 se aplicó el ajuste por inflación, pero luego se continuó con la práctica de no reconocer el efecto de la inflación en el poder adquisitivo, en los ingresos de los contribuyentes.
Un archipiélago de salarios mínimos
El mercado laboral dominicano es una especie de archipiélago de tarifas mínimas, que con alrededor de 25 categorías de sueldos de áreas sectorizadas y no sectorizadas, deberán ser ajustadas en las negociaciones que se realizan cada dos años en largas y tediosas rondas de reuniones.
En forma global, el mercado de trabajo privado de la República Dominicana está dividido en dos: sector privado no sectorizado y sector sectorizado. En condiciones económicas normales, es decir, sin que haya una crisis de precios de por medio, el salario mínimo se revisa cada dos años. La normativa laboral solo manda fijar el salario mínimo. Los demás niveles son libres.
Las negociaciones inician tradicionalmente con el sector privado no sectorizado, que es donde se concentra la mayor fuerza laboral, por albergar a las empresas de mayor peso en la economía real y del sector financiero.
Para el año 2023 la fijación del nuevo salario mínimo no sectorizado se hizo en tiempo récord, debido a una posición conocida del presidente de la República, Luis Abinader, quien en su discurso de rendición de cuentas del 27 de febrero de ese año anunció que instruiría al Ministerio de Trabajo a convocar al Comité Nacional de Salarios (CNS), con la indicación de que el alza que se acordara fuera un “aumento real”, es decir, que no fuera un simple ajuste por la inflación acumulada en los dos años desde el último incremento, en el 2021.
La reunión de entonces del CNS se realizó con la asistencia del presidente Abinader. Allí se acordó un incremento del salario mínimo no sectorizado de 19 %, comenzando con un 15 % a partir de abril próximo y el completivo de 4 % en febrero del 2024.
Concluida la fase del sector no sectorizado, que tiene seis niveles de salarios, que son los cuatro correspondientes a las cuatro categorías por el tamaño de la empresa, y la jornada agrícola diaria y los vigilantes de las empresas de seguridad, luego sigue el sector sectorizado, que implica la revisión mayor en cuanto cantidad de actividades o áreas envueltas.
La situación se mantiene pese a que en el seno del CNS se ha planteado la unificación del salario mínimo en base a las cuatro categorías vinculadas al tamaño de la empresa. “Lo más justo es igualarlos por las categoría del tamaño de la empresa”, comentó en la reunión del 2023 el ingeniero Issachar Burgos, pasado presidente de la Confederación Dominicana de la Mediana y Pequeña Empresa (Codopyme), quien participó en anteriores negociaciones en representación de ese núcleo empresarial.
En el escenario laboral hay desde la última jornada de revisiones un nuevo componente de salario mínimo: el servicio doméstico, que por una resolución reciente del Ministerio de Trabajo, se estableció en RD$10,000.