Por Federico Pinales
No está establecida en ninguna ley vigente, pero se aplica frecuentemente, con el apoyo del mismísimo presidente, bajo el alegato de que las víctimas son delincuentes.
No ha sido aprobada por el Congreso ni por ningún tribunal, pero lo hizo el presidente en su comparecencia semanal.
No sé si fue lunes, martes, miércoles o jueves, cuando prácticamente aprobó la aplicación del código veintinueve, al advertirle a “Quico la Quema” que si no se entregaba sería víctima de ese código policial. Una forma de justificar las ejecuciones extrajudiciales, no contempladas en el código penal, ni tampoco judicializadas por los tribunales, para determinar si los argumentos eran reales.
El país entero aborrece la delincuencia y quiere vivir en paz, apoya los esfuerzos de los organismos de seguridad, para reducir la criminalidad, pero rechaza la violencia promovida por la misma autoridad, que ejecuta sin piedad, a veces a ciudadanos inocentes, “confundidos” con delincuentes.
Para justificar la aplicación de “Código 29”, se inventaron los famosos términos “intercambios de disparos”, argumentos desgastados y difíciles de creer, desde que empezaron a usarlos en los tiempos de Balaguer y popularizados bajo la jefatura del general Candelier, casi a modo de orgías, en el gobierno de Hipólito Mejía, quien también los justificaba desde la presidencia, como algo necesario para combatir la delincuencia.
¡Claaaaro!!!!! que no solo las permitieron Balaguer, Hipólito y el general Candelier,
porque también hubo ejecuciones policiales en los gobiernos de Danilo y Leonel, ahora patentizados oficialmente por el presidente Luis Abinader.
Amén de que no lo permiten la Constitución ni el Código Penal,
No se debe aceptar como normal ninguna ejecución extrajudicial, pues no forma de nuestro marco constitucional, de un supuesto o real antisocial llamado comúnmente “delincuente”, por el común de la gente.