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viernes, enero 23, 2026
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Sin reconocimiento, sin inmunidad: el caso Maduro en tribunales estadounidenses

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Por Santiago Torrijos Pulido

El caso penal que sigue su curso contra Nicolás Maduro en una de las cortes más antiguas, poderosas y prestigiosas de Estados Unidos, la SDNY, ha reactivado un debate recurrente en el Caribe y América Latina: si un líder que ejerce el poder en su país puede ser sometido a un proceso penal extranjero sin que ello viole las reglas de inmunidad o la soberanía estatal. La respuesta, desde el derecho estadounidense, se encuentra en la arquitectura interna de su sistema constitucional y penal.

El primer elemento a tener en cuenta es que la inmunidad soberana prevista en la Foreign Sovereign Immunities Act fue diseñada para el ámbito civil, no para el penal. La Corte Suprema lo aclaró en la decisión conocida como Halkbank, al señalar que la ley regula exclusivamente asuntos civiles. En consecuencia, frente a una acusación criminal, la FSIA no opera como barrera automática.

El derecho interno norteamericano distingue entre dos posibles protecciones. Por un lado, la inmunidad personal asociada a la condición de jefe de Estado; por otro, la inmunidad funcional vinculada a actos oficiales. En el caso Maduro, el análisis jurídico estadounidense concluye que ninguna de las dos resulta aplicable.

La clave está en el poder de reconocimiento. Corresponde exclusivamente al Poder Ejecutivo determinar a qué gobiernos y líderes reconoce como legítimos. Los tribunales federales no revisan esa decisión. Dado que Washington sostiene que Maduro no es el presidente legítimo de Venezuela, los jueces parten de una premisa clara: no existe inmunidad personal que impida el ejercicio de la jurisdicción penal.

La inmunidad funcional tampoco ofrece refugio. El derecho consuetudinario solo protege actos realizados dentro del marco legítimo de la autoridad estatal. La corrupción y esa perversa alianza público-privada entre el hampa y los más altos escalones políticos y militares en Venezuela quedan fuera de ese ámbito. Además, la acusación incluye hechos anteriores al ejercicio de la presidencia, lo que refuerza la imposibilidad de calificarlos como “actos oficiales”.

Otro aspecto relevante es el alcance de la jurisdicción penal. En United States v. Alvarez-Machain, la Corte Suprema sostuvo que la forma en que un acusado llega ante la corte no invalida el enjuiciamiento. Por lo tanto, la operación de los comandos DELTA ha de estar plenamente legitimada.

A partir de estas bases, el caso se desarrolla conforme a las reglas ordinarias del proceso penal federal. La determinación de culpabilidad no recaerá en un juez, sino en un jurado. El acusado permanece actualmente en detención preventiva bajo condiciones estándar para procesados de alto perfil, con acceso a su equipo legal y restricciones propias de un expediente con múltiples coacusados.

Desde esta perspectiva, el caso Maduro no redefine el derecho estadounidense, sino que lo aplica en su máxima expresión. La tensión entre legalidad interna y legitimidad internacional es evidente, pero, bajo las reglas vigentes en Estados Unidos, la jurisdicción penal se ejerce, contra Nicolás Maduro, sin inmunidad que la bloquee.

Santiago Torrijos Pulido es Legal Expertise Liaison en Fridman, Fels & Soto (USA)

LL.M. de Georgetown Law

 

Santiago Torrijos Pulido
Santiago Torrijos Pulido
Es abogado, con maestría en Criminología, Delincuencia y Victimología, colombiano, con formación en Colombia, España y Estados Unidos. Ejerce en su país y en Norteamérica. Sus artículos son publicados originalmente en La información de Houston, Texas.

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